Excusas ante la designación de vocales de mesa.

Ser vocal de mesa es una carga pública, una obligación que tenemos todos los ciudadanos de la república en caso de ser requeridos para tal efecto por el sistema electoral.

Sin embargo, no todas las personas están en condiciones de ejercer este rol de manera adecuada, ya sea por razones de salud, por tener una edad avanzada o bien en el caso de estar imposibilitados por alguna condición establecida en la Ley.

Causales

Son excusas válidas para eximirse del deber de desempeñar el rol de vocal de mesa las siguientes:

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Acreditar la causal

Es importante que cuando presente la carta para excusarse usted acredite que esa causal concurre.

Por ejemplo: en el caso de la edad, bastaría con presentar junto a la carta su certificado de nacimiento. En el caso de mujeres embarazadas un certificado del ginecólogo tratante sería suficiente para acreditar tal condición. Para el caso de personas que estén imposibilitadas física o mentalmente de ejercer la función, deberá ser acreditada mediante un certificado médico que acredite tal condición.

Formato de Carta

Como una forma de contribuir al proceso de excusas, he creado el presente formato de carta con la finalidad de que sea más sencillo para los designados elaborar su documento de excusas.

¿Dónde enviar mis excusas?

Las excusas deben presentarse hasta el día 24 de marzo y dirigirse mediante correo electrónico a alguna de las siguientes direcciones:

excusastalca2@gmail.com o a notariavidal@123.cl

Para consultas puede comunicarse al Fono: (71) 2614517 – Fax: (71) 2614518

Advertencia

Documento aplica solo para los locales de votación ubicados en alguno de los siguientes territorios electorales: Pelarco, Maule, Duao, San Rafael, Río Claro (Cumpeo), San Clemente, Colín, y Vilches. En el caso de las demás comunas o sectores deben averiguar la Junta Electoral que les corresponda en el siguiente Link.

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